¿
Qué es el Arbitraje de Consumo?
Es un
procedimiento para solucionar controversias
entre consumidores y empresarios o
profesionales, sin necesidad de acudir a los
tribunales ordinarios de justicia. El
Arbitraje de Consumo es:
Gratuito, Privado,
Voluntario, Igualitario, Sencillo,
Ejecutivo, Ágil,
Participativo.
Es el sistema de resolución de las
reclamaciones en materia de consumo previsto
en el artículo 31 del Estatuto de
Consumidores y Usuarios de la Comunidad
Valenciana y regulado por el Real Decreto
636/1993.
¿ Dónde se realiza el Arbitraje ?
Junta Arbitral
de Consumo de la Comunidad Valenciana
C/. Colón, 32. Valencia-46004
Fax: 963 184 218
correo electrónico:
jac.coic@industria.m400.gva.es

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¿
Qué ventajas ofrece el Sistema Arbitral ?
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El distintivo oficial
que exhiben las empresas o profesionales
adheridos a este sistema ofrece a los
clientes una garantía añadida
sobre sus productos o servicios.
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Favorece el diálogo y la
confianza con los clientes, los
cuales, en caso de desacuerdo, pueden
utilizar este sistema.
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Evita pleitos largos y costosos.
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Apoya
la imagen de prestigio
de las empresas o profesionales,
propiciando su selección por
parte de los consumidores.
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La
composición del Colegio Arbitral es
tripartita: Administración, consumidores
y sector empresarial. Es decir, que
los intereses, tanto de los
empresarios o profesionales como de los
consumidores, estarán representados en
la propia Junta Arbitral.
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Beneficio de la publicidad
institucional a favor de las
empresas y profesionales adheridos al
Sistema Arbitral de Consumo.
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Es gratuito. En caso de
litigio, no se originan costes para
ninguna de las partes.
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El resultado del Arbitraje de
Consumo se produce antes de cuatro meses
desde la designación del Colegio
Arbitral.
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La Resolución del arbitraje se
recoge por escrito y es de obligado
cumplimiento para las partes.
Seleccione sus comercios, empresas y
profesionales entre aquellos que cuentan con el
distintivo oficial de Arbitraje de Consumo.

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